Cuánto cuesta una misa funeral
En la Iglesia católica la misa no tiene un precio, sino una ofrenda o estipendio que fija cada diócesis como orientación. Te contamos las cantidades publicadas, qué se suele pagar aparte y cómo organizarla con la parroquia.
Ofrenda, no precio
Lo que se entrega por una misa se llama estipendio u ofrenda. Cada diócesis publica unas cantidades orientativas para sus parroquias. No son una tarifa obligatoria: las propias diócesis recuerdan que nadie debe quedarse sin los servicios religiosos por motivos económicos, y que se puede dar más si se quiere, libremente.
Por eso no hay un precio único en España. Depende de la diócesis, de la parroquia y de lo que incluya la celebración.
Cantidades publicadas
| Celebración | Cantidad orientativa | Dónde |
|---|---|---|
| Misa aplicada por un difunto | 10 € | Provincia eclesiástica de Sevilla (desde el 1 de enero de 2026) |
| Misas gregorianas (30 misas seguidas) | 360 € | Provincia eclesiástica de Sevilla (desde 2026) |
| Exequias con un sacerdote y un sacristán | Desde 110 € | Diócesis gallegas (tabla de 2014) |
| Levantamiento del cadáver y conducción a la iglesia o al cementerio | 20 € | Diócesis gallegas (tabla de 2014) |
La referencia de Sevilla la recoge un decreto publicado por la Diócesis de Huelva y se aplica en las diócesis de esa provincia eclesiástica, salvo Canarias y Tenerife. La tabla gallega la publicó la prensa en 2021. Pregunta siempre en tu parroquia: es quien te dirá la cantidad que corresponde.
Misa funeral, misa de cuerpo presente y misa de difuntos
- Funeral o exequias de cuerpo presente: con el féretro en la iglesia o en la capilla del tanatorio, antes del entierro o la incineración.
- Misa funeral sin cuerpo presente: unos días después, cuando la familia puede reunirse con más calma. Muchas familias la eligen tras una cremación directa.
- Misas de difuntos o de aniversario: se encargan para el mes, el año o en fechas señaladas. Te lo contamos en misa de aniversario.
- Misas gregorianas: treinta misas seguidas por un mismo difunto.
Lo que puede sumarse
- Música: organista, coro o violín. Se acuerda con los músicos o con la parroquia.
- Flores para la iglesia, si la familia las quiere.
- Recordatorios impresos para repartir al final.
- Traslado del féretro del tanatorio a la iglesia, que suele ir en el presupuesto de la funeraria.
- La capilla del tanatorio, si la misa se celebra allí y el tanatorio cobra la sala.
Cómo organizarla
- Habla con la parroquiaDel difunto o de la familia. Pregunta día, hora y la ofrenda orientativa.
- Coordina con la funerariaSi es de cuerpo presente, para el traslado del féretro y los horarios del entierro o la incineración.
- Elige lecturas y músicaEl sacerdote suele orientar. Ideas en lecturas para un funeral.
- Avisa a familiares y amigosCon la esquela o un mensaje con la hora y el lugar.
Si la familia no es creyente, hay otras formas de despedida, con o sin oficiante. Lo explicamos en funeral civil.
No somos una funeraria ni una parroquia. Intermediamos con funerarias autorizadas y hacemos los trámites como gestoría. La ofrenda de la misa se entrega a la parroquia; antes de contratar el funeral te enseñamos el precio final con IVA y lo que cobramos nosotros.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por una misa de difuntos?
Es una ofrenda orientativa que fija cada diócesis. En la provincia eclesiástica de Sevilla la referencia es de 10 € por misa desde 2026.
¿La funeraria incluye la misa en el precio?
Normalmente no. La ofrenda se entrega a la parroquia. La funeraria puede incluir el traslado del féretro a la iglesia.
¿Se puede hacer la misa en el tanatorio?
Sí, muchos tanatorios tienen capilla u oratorio. Pregunta si la sala tiene coste y quién oficia.
¿Qué pasa si la familia no puede pagar la ofrenda?
Las cantidades son orientativas. Las diócesis recuerdan que nadie debe quedarse sin el servicio por motivos económicos. Habla con el párroco.
¿Se puede hacer una misa después de una incineración?
Sí. Se puede celebrar con la urna o sin ella, el día que la familia elija.
Sigue leyendo
Fuentes: Diócesis de Huelva, decreto 1/25 sobre el estipendio de la misa (provincia eclesiástica de Sevilla, en vigor el 1 de enero de 2026); elDiario.es (2021), tabla de ofrendas de las diócesis gallegas vigente desde 2014; Obispado de Segorbe-Castellón, decreto de aranceles (carácter orientativo). Consultado en octubre de 2026.
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