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Repatriación de cadáveres: trámites y precio

Repatriación de cadáveres: trámites y precio

Si tu familiar ha fallecido en España y queréis despedirlo en su país, te explicamos cómo funciona la repatriación: quién la autoriza, qué papeles hacen falta, qué cambia según el país y cuánto cuesta. Te damos un presupuesto cerrado y gratis, a cualquier hora.

Quién autoriza la salidaSanidad ExteriorMinisterio de Sanidad, plataforma SISAEX
Acuerdo de Berlín14 paísesViajan con salvoconducto mortuorio, sin autorización consular
Precio publicado en Europa2.500 a 5.000 €Latinoamérica: de 3.500 a 7.000 € (Comparafune, 2026)
Repatriar las cenizasSin requisitos sanitariosBasta un estuche con el nombre del difunto

Quién decide y quién tramita

En España, el traslado de un cuerpo a otro país lo autoriza Sanidad Exterior, del Ministerio de Sanidad. Sus unidades están en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia y todo se tramita por internet, en la plataforma SISAEX. Normalmente lo presenta la funeraria que hace el traslado, con los documentos que reúne la familia.

Lo que más cambia el proceso es el país de destino. Hay dos caminos:

DestinoQué hace faltaDocumento de salida
Países del Acuerdo de Berlín (1937) o del Acuerdo de Estrasburgo (1973)Solicitud por SISAEX con los documentos sanitarios. No hace falta autorización del consuladoSalvoconducto mortuorio, que el país de destino debe admitir
Resto de países (por ejemplo, Marruecos, Colombia, Ecuador o China)Antes, la familia pide al consulado del país de destino en España la autorización de entrada del cuerpo. Después, la solicitud por SISAEXAutorización de salida de Sanidad Exterior

Según el Ministerio de Sanidad, son parte del Acuerdo de Berlín: Alemania, Austria, Bélgica, Egipto, Eslovaquia, Francia, Italia, México, Portugal, República Checa, República Democrática del Congo, Rumanía, Suiza y Turquía. Con Francia y Portugal hay además acuerdos bilaterales que simplifican el traslado por carretera y eliminan, entre otras cosas, la obligación de embalsamar.

Los pasos de una repatriación

  1. Certificado médico y Registro CivilEl médico certifica la defunción y se inscribe en el Registro Civil español. Para el consulado se suele pedir el certificado literal de defunción.
  2. Autorización del consulado, si el país no es de Berlín ni de EstrasburgoCada consulado pide sus propios papeles: pasaporte del fallecido, datos de la familia en destino o el cementerio donde se enterrará.
  3. Embalsamamiento o conservación transitoriaEs obligatorio para el traslado internacional, salvo en los casos que excluyen los acuerdos con Francia y Portugal.
  4. Féretro de traslado internacionalUn féretro preparado para el viaje, que en la práctica lleva una caja interior de zinc soldada, como definen los reglamentos de policía sanitaria mortuoria.
  5. Solicitud a Sanidad Exterior por SISAEXSe presenta en la unidad de la provincia del fallecimiento o de la de salida. Si la muerte fue violenta o intervino un juzgado, hace falta además la autorización judicial.
  6. Transporte y recepciónEn avión, el cuerpo viaja como carga especial y la familia puede ir en el mismo vuelo. A algunos destinos cercanos se puede ir por carretera o en barco. En destino lo recoge una funeraria o la familia.

Documentos que suelen pedirse

  • Certificado médico de defunción.
  • Certificado de defunción del Registro Civil o licencia de enterramiento.
  • Pasaporte o documento de identidad del fallecido.
  • Certificado de embalsamamiento o de conservación transitoria.
  • Autorización de entrada del consulado, si el país la exige.
  • Autorización de traslado de la comunidad autónoma, cuando corresponda.
  • Autorización judicial, si hubo intervención del juzgado.

Los consulados pueden pedir algo más. Te decimos exactamente qué necesita el de tu país antes de empezar, para no hacer viajes de más.

¿Cuánto cuesta repatriar un cuerpo?

El precio lo pone la funeraria y depende sobre todo de la distancia, del transporte y de lo que haya que hacer en destino. Estos son los márgenes que publican hoy los comparadores:

DestinoPrecio publicadoFuente
Marruecos (carretera y ferry)Desde 2.285 € según la zona de salidaFunecon, 2026
Marruecos (en general)De 2.300 a 4.600 €, IVA incluidoComparafune, 2026
EuropaDe 2.500 a 5.000 €Comparafune, 2026
LatinoaméricaDe 3.500 a 7.000 €Comparafune, 2026
África subsaharianaDe 4.000 a 8.000 €Comparafune, 2026
AsiaDe 5.000 a 10.000 €Comparafune, 2026

Lo que más mueve el precio:

  • la ciudad del fallecimiento y la distancia al aeropuerto o al puerto;
  • el flete aéreo, que cobra la aerolínea según el destino;
  • el embalsamamiento y el féretro de traslado;
  • el traslado en el país de destino hasta el cementerio.

Pide siempre el precio total, con IVA y con lo que incluye por escrito. Nosotros te lo damos cerrado antes de contratar nada.

Repatriar las cenizas: la opción más sencilla

Si la familia y la religión del fallecido lo permiten, se puede incinerar en España y llevar las cenizas. Sanidad no pone exigencias sanitarias a las cenizas: basta con una urna en un estuche con el nombre del difunto. Pueden viajar con un familiar o por mensajería especializada. Conviene preguntar antes a la aerolínea y al país de destino por sus normas. Lo explicamos en traslado de cenizas.

Seguros y ayudas

  • Seguro de decesos: muchas pólizas incluyen la repatriación. Si no sabéis si había uno, se comprueba con el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • Seguro de viaje o de la tarjeta de crédito: si el fallecido estaba de visita en España, revisa si tenía uno.
  • Ayudas del país de origen: algunos países ayudan a las familias sin recursos a través de su consulado. Las condiciones cambian: lo preguntamos por ti.

Qué hacemos nosotros

La repatriación

  • Presupuesto cerrado y gratis
  • Funeraria autorizada para traslados internacionales
  • Consulado, Sanidad Exterior y transporte
  • Coordinación con el país de destino

Los papeles en España

  • Certificados de defunción
  • Baja en la Seguridad Social
  • Pensión de viudedad u orfandad, si corresponde
  • Bancos, suministros y vivienda

No somos una funeraria. Intermediamos con funerarias autorizadas para traslados internacionales y hacemos los trámites como gestoría. Antes de contratar te enseñamos el precio final con IVA y lo que cobramos nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene que pedir la autorización del consulado?

La familia o la funeraria en su nombre. Solo hace falta si el país de destino no forma parte del Acuerdo de Berlín ni del de Estrasburgo. Se pide al consulado de ese país en España antes de la solicitud a Sanidad Exterior.

¿Es obligatorio embalsamar el cuerpo?

Para el traslado internacional, el cuerpo debe ir embalsamado o en conservación transitoria. Los acuerdos con Francia y Portugal eliminan esa obligación en el traslado por carretera.

¿Cuánto tarda una repatriación?

Depende del consulado, de si interviene un juzgado y del transporte. Te decimos los tiempos de tu caso concreto antes de empezar.

¿Puede viajar la familia con el cuerpo?

Sí. En avión, el cuerpo viaja como carga especial y la familia puede ir en el mismo vuelo como pasajeros.

¿Y si el fallecimiento ha sido fuera y hay que traerlo a España?

Entonces se pide la entrada a Sanidad Exterior por SISAEX y, si el país no es de Berlín ni de Estrasburgo, el consulado español de allí emite un documento para el traslado. Te lo explicamos en la página de fallecimiento en el extranjero.

¿Qué pasa si la familia no puede pagar la repatriación?

Revisa si había seguro de decesos o de viaje y pregunta en el consulado por ayudas. También se puede valorar la incineración en España y llevar las cenizas, que cuesta menos.

Más información: cuánto cuesta una repatriación, tanatopraxia y embalsamamiento, fallecimiento de un extranjero en España y fallecimiento de un español en el extranjero.

Repatriación por país y por provincia

Fuentes: Ministerio de Sanidad, traslado internacional de cadáveres (SISAEX, Acuerdo de Berlín, Acuerdo de Estrasburgo, acuerdos con Francia y Portugal, cenizas); Decreto 2263/1974, Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria; Decreto 95/2001 de la Junta de Andalucía (féretro de traslado); precios publicados por Comparafune y Funecon (2026). Consultado en octubre de 2026.

Estamos aquí, a cualquier hora.

Escríbenos o llámanos al 620 00 11 66 y te decimos qué hacer, paso a paso.

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