Qué hacer con las cenizas
Después de la incineración, la funeraria entrega las cenizas a la familia en una urna. No hay prisa para decidir qué hacer con ellas. Te contamos las opciones, qué es legal y cuánto cuesta cada una.
Las opciones, una a una
| Opción | Qué cuesta | Qué tener en cuenta |
|---|---|---|
| Guardarlas en casa | Nada, o el precio de otra urna | Legal. La urna de la funeraria sirve. |
| Columbario | Desde 40 € (Soria, 10 años) a 1.700,71 € (Sevilla, 75 años) | Un lugar al que ir, con el nombre. |
| Nicho familiar | La tasa de depósito: 110,45 € sin IVA en Madrid | Con autorización del titular, aunque haya otros restos. |
| Jardín de cenizas del cementerio | 38,65 € sin IVA en Madrid; 50 € en Burgos | Se esparcen en una zona común preparada para ello. |
| Esparcirlas en el campo o la montaña | Nada | Depende de la comunidad y el ayuntamiento. Nunca en la vía pública. |
| Al mar | Urna biodegradable desde unos 128 € | Con urna biodegradable y en las zonas permitidas. |
| Plantar un árbol | Urna árbol de unos 88 a 380 € | En terreno propio o en un bosque o cementerio que lo admita. |
| Una joya o un diamante | Joyas desde 17,90 €; diamantes desde unos 3.900 € | Solo se usa una pequeña parte de las cenizas. |
Lo que dice la ley
No hay una ley estatal única sobre las cenizas. Las normas de sanidad mortuoria de las comunidades autónomas regulan la incineración hasta que se entregan las cenizas a la familia. Después, el Ministerio de Sanidad no pone requisitos sanitarios a su traslado: basta una urna con el nombre del difunto.
Lo que sí está prohibido en general es dejarlas en la vía pública. Para esparcirlas fuera del cementerio, algunas comunidades y ayuntamientos tienen sus propias normas o piden autorización. En terreno privado hace falta el permiso del propietario. Te lo explicamos en esparcir cenizas: dónde es legal.
Si la familia es creyente
La Iglesia católica pide que las cenizas se conserven en un lugar sagrado, como un columbario o un nicho, y no se esparzan, se repartan ni se guarden en casa, según la instrucción «Ad resurgendum cum Christo» (2016). Si es importante para la familia, habla con la parroquia.
Cómo decidir sin prisa
- Mira si tu familiar dejó dicho algoEn el testamento, en las instrucciones previas o de palabra.
- Hablad en familiaMejor de acuerdo, sobre todo si se van a esparcir: después no hay vuelta atrás.
- Guarda el certificado de incineraciónLo pedirán el cementerio, la naviera o la compañía aérea si las trasladáis.
- Mientras tanto, podéis tenerlas en casaEn la urna de la funeraria. Te lo contamos en tener las cenizas en casa.
Muchas familias combinan opciones: dejan la mayor parte en un columbario y guardan una pequeña parte en una joya, o esparcen las cenizas y ponen una placa en el cementerio familiar.
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Preguntas frecuentes
¿Hay un plazo para decidir qué hacer con las cenizas?
No. Podéis guardarlas en la urna de la funeraria el tiempo que necesitéis.
¿Es legal guardar las cenizas en casa?
Sí. Las cenizas se entregan a la familia y no hay ninguna norma estatal que impida tenerlas en casa.
¿Se pueden repartir las cenizas entre varios familiares?
Legalmente sí; hay mini urnas y joyas pensadas para ello. La Iglesia católica pide no repartirlas.
¿Dónde está prohibido esparcir las cenizas?
En la vía pública, en general. En espacios naturales, playas o el mar dependen de las normas de la comunidad y del ayuntamiento.
¿Qué trámites quedan después del funeral?
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Fuentes: Ministerio de Sanidad, traslado de cenizas; Ayuntamiento de Sevilla, ordenanza fiscal de cementerios; SFM, tarifas 2026 (sin IVA); Ayuntamiento de Burgos, ordenanza fiscal n.º 208; Ayuntamiento de Soria, ordenanza fiscal n.º 5 (2025); urnas-funerarias.es y Tree Urn (precios de urnas); White and You (joyas); Algordanza Ibérica, según Diario de Avisos (07/2026); Congregación para la Doctrina de la Fe, «Ad resurgendum cum Christo» (2016). Consultado en octubre de 2026.
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