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Fallecimiento en accidente de tráfico: trámites

Perder a alguien en un accidente de tráfico es un golpe sin aviso, y además obliga a pasar por el juzgado y por las aseguradoras. Te explicamos qué ocurre en los primeros días, quién paga el funeral y qué derechos tiene la familia.

JuzgadoSiempre intervieneHay atestado y, normalmente, autopsia
FuneralLo cubre el seguroDel vehículo responsable: traslado, entierro y funeral
Oferta del seguro3 mesesDesde la reclamación, si la responsabilidad está clara
Sin seguro o desconocidoConsorcioEl Consorcio de Compensación de Seguros

Los primeros días: juzgado y autopsia

Una muerte en un accidente de tráfico es una muerte violenta, así que interviene siempre un juzgado. La Guardia Civil o la policía levantan atestado, y el juez ordena el levantamiento del cuerpo y su traslado al instituto de medicina legal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la autopsia por el médico forense aunque la causa de la muerte parezca evidente.

  • La defunción se inscribe en el Registro Civil, pero la licencia de entierro o incineración no se expide hasta que el juzgado lo autoriza.
  • Mientras tanto, la familia puede ir eligiendo funeraria: será la que recoja el cuerpo cuando el juzgado lo libere.
  • Si la persona murió después, en el hospital, los pasos son los mismos: el hospital avisa al juzgado.

Lo explicamos en muerte judicial y autopsia.

¿Quién paga el funeral?

Si el accidente lo causó otro vehículo, el seguro obligatorio de ese vehículo debe indemnizar a la familia. El baremo de tráfico incluye expresamente, como gastos en caso de muerte, el traslado del fallecido, el entierro y el funeral, según los usos del lugar, y también la repatriación al país de origen.

En la práctica, la familia suele adelantar el pago del funeral y después lo reclama. Guarda la factura de la funeraria y todos los justificantes. Si había seguro de decesos, la aseguradora de decesos se ocupa del servicio. Y si el propio fallecido tenía un seguro de accidentes o de vida, puede cubrir también este caso; el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento lo dirá.

La reclamación a la aseguradora

  1. Reúne la documentaciónCertificado de defunción, atestado, informe de autopsia, libro de familia y facturas de gastos.
  2. Reclama a la aseguradora del vehículo responsableLos perjudicados pueden reclamar directamente a la aseguradora.
  3. Espera la oferta motivadaLa ley da a la aseguradora tres meses desde la reclamación para presentar una oferta motivada, si ha quedado clara la responsabilidad.
  4. Valora la oferta con un profesionalNo la aceptes sin revisarla. Te orientamos y te ponemos en contacto con un profesional.

¿Quién tiene derecho a indemnización?

El baremo de tráfico distingue cinco categorías de perjudicados en caso de muerte: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados. También puede ser perjudicado quien, de hecho y de forma continuada, ocupaba el lugar de alguno de ellos. Cada uno tiene su propia indemnización, además de los gastos.

Si el vehículo no tenía seguro o se dio a la fuga

El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza a las víctimas de accidentes ocurridos en España cuando el vehículo causante es desconocido, cuando no tenía seguro o cuando era robado. La reclamación se presenta directamente al Consorcio.

Si el accidente fue yendo o volviendo del trabajo

Un accidente de tráfico durante la jornada, o en el trayecto entre casa y el trabajo, puede ser además un accidente laboral, con prestaciones propias de la Seguridad Social. Lo vemos en fallecimiento en accidente laboral.

El resto de trámites

Después vienen los trámites de cualquier fallecimiento: Seguridad Social, pensiones, bancos y, si el fallecido tenía coche, el seguro y el cambio de titular del vehículo. Lo vemos en seguros de hogar y coche del fallecido y en plazos tras un fallecimiento.

Qué hacemos nosotros

Te ayudamos con el funeral y con los papeles, para que la familia pueda centrarse en lo demás. La reclamación de la indemnización es un asunto aparte: te orientamos y te ponemos en contacto con un profesional.

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  • Certificados, Seguridad Social, viudedad u orfandad
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El funeral

  • Presupuesto gratis de funerarias autorizadas
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No somos una funeraria. Intermediamos con funerarias autorizadas y hacemos los trámites como gestoría. Antes de contratar te enseñamos el precio final con IVA y lo que cobramos nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Siempre hay autopsia en un accidente de tráfico?

Interviene siempre el juzgado, y la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la autopsia en estos casos aunque la causa parezca evidente.

¿Quién paga el funeral?

El seguro obligatorio del vehículo responsable debe indemnizar los gastos de traslado, entierro y funeral. Normalmente la familia adelanta el pago y luego lo reclama con la factura.

¿Cuánto tarda la aseguradora en ofrecer la indemnización?

La ley le da tres meses desde la reclamación para presentar una oferta motivada, si la responsabilidad está clara.

¿Y si el conductor huyó o no tenía seguro?

Indemniza el Consorcio de Compensación de Seguros, que cubre los accidentes con vehículo desconocido, sin seguro o robado.

¿Puedo elegir funeraria aunque esté el juzgado?

Sí. La funeraria que elija la familia recoge el cuerpo cuando el juzgado lo autoriza.

Fuentes: Ley de Enjuiciamiento Criminal (arts. 340 y 343); Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (art. 67); Real Decreto Legislativo 8/2004, texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (arts. 7, 11, 62 y 79). Consultado en octubre de 2026.

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