Teléfono y WhatsApp 24 horas, los 365 días: 620 00 11 66Toda España · Gestor administrativo colegiado · Precio cerrado con IVA

Qué hacer con la mascota del fallecido

Cuando alguien que vivía solo fallece, su perro o su gato se queda de repente sin nadie. Es una de las primeras cosas que hay que resolver. Te contamos qué hacer en los primeros días, quién puede quedarse con el animal y cómo cambiar el titular.

Lo urgenteAgua, comida y cuidadoDesde el primer día
Quién se lo quedaLo que diga el testamentoSi no dice nada, el heredero que lo reclame
Cambio de titularObligatorio comunicarloLey 7/2023 de bienestar animal
Si nadie puedeProtectora o centro municipalHasta encontrarle hogar

Los primeros días

Si el fallecido vivía solo, alguien tiene que entrar en la casa cuanto antes para dar de comer y beber al animal, sacarlo si es un perro y revisar que esté bien. Si ha pasado tiempo solo, conviene llevarlo al veterinario. Busca su cartilla o pasaporte sanitario: ahí está el número de microchip y su veterinario habitual, que puede darte información sobre su salud y su medicación.

Mientras la familia decide, el animal puede quedarse con un familiar, un vecino que ya lo conozca o en una residencia canina o felina. Si no hay nadie, llama al ayuntamiento o a una protectora de la zona: te dirán cómo actuar.

Quién se queda con la mascota

Desde 2021, el Código Civil reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad y tiene una regla propia para las mascotas de una persona fallecida, en su artículo 914 bis:

  1. Si el testamento dice algo, se cumpleEl fallecido pudo dejar escrito quién quería que cuidara de su animal.
  2. Si no dice nada, se entrega a los herederos que lo reclamenLo normal es que la familia se ponga de acuerdo sobre quién se lo queda.
  3. Si varios lo quieren y no hay acuerdo, decide un juezTeniendo en cuenta, sobre todo, el bienestar del animal.
  4. Si ningún heredero lo quiereLa administración puede cederlo a otra persona para su cuidado. Mientras se resuelve, puede quedar en el centro de recogida de animales.

Si no sabes si había testamento, se comprueba con el certificado de últimas voluntades, que se pide pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.

Cambiar el titular del microchip

La ley de bienestar animal obliga a comunicar el cambio de titularidad de un animal de compañía. En la práctica, el cambio se hace en el registro de identificación de animales de tu comunidad autónoma, y lo habitual es tramitarlo en una clínica veterinaria. Suelen pedir:

  • El DNI de la persona que se queda con el animal.
  • El número de microchip o la cartilla del animal.
  • El certificado de defunción del titular anterior.

Pregunta a tu veterinario: cada comunidad tiene su registro y su procedimiento, y algunas cobran una pequeña tasa.

Si nadie de la familia puede quedárselo

No lo dejes en la calle ni en la casa vacía: abandonar a un animal está prohibido y sancionado. Las opciones son:

  • Buscarle una familia entre amigos y vecinos que ya lo conozcan.
  • Protectoras y asociaciones de la zona, que pueden acogerlo y darlo en adopción.
  • El centro municipal de recogida de animales, que es quien la ley señala si nadie se hace cargo.

Los animales mayores o enfermos son más difíciles de colocar. Contar a la protectora su carácter, sus costumbres y su historial médico le ayuda a encontrar hogar.

Si la mascota fallece

Si el animal muere poco después, algo que pasa con animales mayores, tu veterinario puede gestionar su incineración. Te contamos cómo funciona en la cremación de mascotas.

Para que no le pase a tu mascota

Si tienes un animal y te preocupa qué será de él, puedes dejarlo previsto en el testamento o, al menos, hablarlo con alguien de confianza y dejarlo por escrito con tus últimas voluntades. Te contamos otras cosas que conviene dejar organizadas en planificar tu propio funeral.

Somos una gestoría. No gestionamos el registro de animales, pero sí los trámites tras el fallecimiento de tu familiar, también el certificado de últimas voluntades. Antes de empezar te decimos el precio final con IVA.

Preguntas frecuentes

¿Quién se queda con el perro de un fallecido?

Quien diga el testamento. Si no dice nada, se entrega a los herederos que lo reclamen. Si no hay acuerdo entre ellos, decide un juez pensando en el bienestar del animal.

¿Una mascota puede heredar?

No. Los animales no pueden ser herederos. Sí se puede dejar previsto en el testamento quién cuidará de ellos.

¿Cómo cambio el titular del microchip?

En el registro de animales de tu comunidad autónoma, normalmente a través de una clínica veterinaria. Suelen pedir tu DNI, el número de microchip y el certificado de defunción del anterior titular.

¿Qué pasa si nadie quiere quedarse con la mascota?

Puede quedar en el centro municipal de recogida de animales, y la administración puede cederla a otra persona. Las protectoras también ayudan a buscarle familia.

¿Puedo dejar al animal en la casa hasta que se decida?

Solo si alguien va cada día a atenderlo. Dejarlo solo sin cuidados no está permitido y es peligroso para el animal.

Sigue leyendo

Fuentes: Código Civil, artículo 914 bis (añadido por la Ley 17/2021, de régimen jurídico de los animales); Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, artículo 24.2.i (comunicar el cambio de titularidad). Consultado en octubre de 2026.

Estamos aquí, a cualquier hora.

Escríbenos o llámanos al 620 00 11 66 y te decimos qué hacer, paso a paso.

LlamarWhatsApp
Scroll al inicio
WhatsApp 24h - 620 00 11 66