Documentos que vas a necesitar tras un fallecimiento
Después de un fallecimiento te van a pedir los mismos papeles una y otra vez. Aquí tienes la lista completa, en el orden en que se consiguen: qué hay que buscar en casa, qué se pide y para qué sirve cada documento.
Antes de nada: reúne lo que ya tenía tu familiar
Muchos trámites empiezan con documentos que están en casa. Conviene guardarlos juntos en una carpeta desde el primer día:
- DNI, NIE o pasaporte del fallecido. No lo tires: se usa en casi todos los trámites. Lo explicamos en DNI y pasaporte del fallecido.
- Libro de familia, si lo tenía, o certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos.
- Tarjeta sanitaria y, si tenía, la de su mutualidad o su seguro médico privado.
- Pólizas de seguros: decesos, vida, hogar, coche y salud.
- Título del nicho o la sepultura, si la familia ya tiene uno.
- Últimos recibos y extractos bancarios, para saber qué cuentas, préstamos y domiciliaciones había.
- Escrituras, contratos de alquiler, permiso de circulación de los vehículos y cualquier copia de testamento.
Los documentos que se consiguen, en orden
- Certificado médico de defunciónLo firma el médico que confirma el fallecimiento. Sin él no se puede hacer nada más. Lo vemos en certificado médico de defunción.
- Inscripción en el Registro CivilNormalmente la tramita la funeraria con el certificado médico. Desde ese momento ya se pueden pedir certificados de defunción.
- Licencia de enterramiento o incineraciónLa expide el Registro Civil y la recoge la funeraria. Sin ella no se puede enterrar ni incinerar.
- Certificados de defunciónPide varios. Hay certificado literal y en extracto; muchos organismos aceptan cualquiera de los dos, pero algunos, como los consulados, piden el literal.
- Certificado de últimas voluntadesSe pide pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. Dice si había testamento y ante qué notario.
- Certificado de seguros de cobertura de fallecimientoSe pide a la vez que el anterior. Dice si había seguros de vida, accidentes o decesos.
- Copia del testamento o declaración de herederosCon el certificado de últimas voluntades se pide la copia al notario. Si no había testamento, hace falta una declaración de herederos.
Qué documento te piden en cada trámite
| Trámite | Lo que suelen pedir |
|---|---|
| Funeraria y cementerio | Certificado médico de defunción, DNI del fallecido y, si lo hay, título del nicho |
| Seguridad Social y pensiones | Certificado de defunción, DNI de quien lo pide y libro de familia o certificados de parentesco |
| Bancos | Certificado de defunción y, para disponer del dinero, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos |
| Alquiler de la vivienda | Certificado de defunción y comunicación por escrito al propietario en tres meses (art. 16.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos) |
| Luz, agua, gas y teléfono | Certificado de defunción y, a veces, documento que acredite que eres heredero |
| Permiso laboral | Certificado de defunción o justificante de la funeraria |
En el alquiler, la ley es concreta: quien quiera seguir en la vivienda debe notificarlo por escrito al casero en los tres meses siguientes, con el certificado registral de defunción. Lo explicamos en contrato de alquiler tras el fallecimiento.
Consejos para no repetir gestiones
- Pide varios certificados de defunción desde el principio. Son gratuitos en el Registro Civil y te los pedirán bancos, aseguradoras y organismos.
- Escanea todo y guarda los archivos en una carpeta. Muchos trámites se hacen ya por internet.
- No entregues originales si basta una copia. Si te piden el original, pide un justificante de entrega.
- Apunta cada trámite: a quién se lo has comunicado, en qué fecha y qué te han contestado.
Si quieres ver cuándo toca cada cosa, consulta plazos tras un fallecimiento.
Qué hacemos nosotros
Pedimos los certificados por ti, sin que tengas que ir al Registro Civil ni al Ministerio de Justicia, y te los enviamos en digital y, si lo necesitas, en papel.
Pack Esencial
- Certificados de defunción
- Últimas voluntades
- Seguros de cobertura de fallecimiento
- Baja en la Seguridad Social
Además
- Viudedad u orfandad, si corresponde
- Auxilio por defunción
- Lista de lo que falta y cuándo
No somos una funeraria. Intermediamos con funerarias autorizadas y hacemos los trámites como gestoría. Antes de contratar te enseñamos el precio final con IVA y lo que cobramos nosotros.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos certificados de defunción conviene pedir?
Depende de los trámites, pero es habitual necesitar varios: bancos, aseguradoras, Seguridad Social, notario. Son gratuitos, así que conviene pedir unos cuantos desde el principio.
¿Qué diferencia hay entre el certificado literal y el de extracto?
El literal reproduce toda la inscripción; el de extracto recoge los datos principales. Para la mayoría de trámites en España vale cualquiera; para el extranjero suele pedirse el literal.
¿Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades?
Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, con la defunción ya inscrita en el Registro Civil.
¿Hay que guardar el DNI del fallecido?
Sí. Te lo pedirán en muchos trámites, y la información oficial no recoge ningún trámite de baja del DNI para la familia. Guárdalo en un lugar seguro.
¿Podéis pedir vosotros los certificados?
Sí. Con una autorización tuya pedimos los certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros, y te los enviamos.
Fuentes: Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil; Ministerio de Justicia, certificados de defunción, de últimas voluntades y de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento; Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (art. 16.3). Consultado en octubre de 2026.
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