DNI y pasaporte del fallecido: qué hacer con ellos
El DNI y el pasaporte de tu familiar te van a hacer falta en las primeras gestiones. Te explicamos para qué se usan, qué hacer con ellos después y cómo evitar que alguien se aproveche de su identidad.
Lo primero: no lo tires ni lo pierdas
En los primeros días, el DNI del fallecido es uno de los documentos más necesarios. La Comunidad de Madrid, en su guía de trámites tras un fallecimiento, recomienda tenerlo a mano desde el principio, porque se pide en casi todas las gestiones.
- Para inscribir la defunción en el Registro Civil. Se presenta el certificado médico de defunción junto con el DNI o el pasaporte del fallecido. Normalmente lo hace la funeraria, que te lo pedirá. Lo explicamos en inscripción de la defunción.
- Para cambiar de titular o dar de baja suministros y contratos. Se suele pedir, como mínimo, el DNI del fallecido y una copia del certificado de defunción.
- Para bancos, seguros y herencia. El notario, los bancos y las aseguradoras piden identificar al fallecido, y una copia de su DNI facilita mucho las cosas.
Si se lo entregas a la funeraria, pide que te lo devuelvan cuando terminen la inscripción.
¿Hay que devolver el DNI a la Policía?
El DNI es un documento personal e intransferible que expide la Policía Nacional. Con el fallecimiento deja de identificar a una persona viva, y lo que acredita la muerte a partir de entonces es el certificado de defunción del Registro Civil, no el DNI.
La información que publican el Ministerio del Interior y la Policía Nacional no recoge ningún trámite que la familia tenga que hacer para dar de baja el DNI de un fallecido. Lo práctico es conservarlo en un lugar seguro, junto con el resto de su documentación, mientras duren los trámites.
Cómo evitar que alguien use su identidad
Los datos de una persona fallecida pueden usarse para fraudes: contratar líneas de teléfono, pedir créditos o suplantarla en internet. Algunas precauciones sencillas:
- Guarda el original en casaNo lo dejes en la cartera ni en el coche del fallecido. Entrega fotocopias, no el original, salvo que te lo exijan.
- No publiques fotos de sus documentosTampoco en grupos familiares de mensajería o redes sociales.
- Si se pierde o te lo roban, denúncialoLa pérdida o el robo de un DNI se comunica en una comisaría de policía o en un puesto de la Guardia Civil.
- Cierra lo que use su identidadCuentas bancarias, líneas de móvil y cuentas en internet. Cuanto antes se cierren, menos riesgo hay.
Tampoco se pueden usar su certificado digital, el chip de su DNI electrónico ni su Cl@ve para hacer trámites en su nombre. Los trámites tras el fallecimiento se hacen con la identificación de la familia o de un representante autorizado.
El pasaporte
Con el pasaporte pasa lo mismo que con el DNI: sirve para identificar al fallecido en los trámites y, a partir de ahí, conviene guardarlo. Hay dos casos en que cobra más importancia:
- Si el fallecimiento ha sido en el extranjero. El pasaporte es necesario para la inscripción en el consulado y para la repatriación. Lo explicamos en fallecimiento en el extranjero.
- Si el fallecido era extranjero. Su pasaporte es el documento con el que se inscribe la defunción y con el que su consulado hace los trámites de su país. Mira fallecimiento de un extranjero en España y, si tenía tarjeta de residencia, qué hacer con ella.
Otros documentos que conviene reunir
Además del DNI y el pasaporte, ten localizados el libro de familia, la tarjeta sanitaria, el permiso de conducir, las escrituras y las pólizas de seguro. Tienes la lista completa en documentos que vas a necesitar tras un fallecimiento.
Qué hacemos nosotros
Pack Esencial · 149,95 €
- Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida
- Baja en la Seguridad Social
- Viudedad u orfandad, si corresponde
- Auxilio por defunción
Pack Completo · 299,95 €
- Todo el Pack Esencial
- Bancos y suministros
- Vehículos y otras bajas
- Cuentas digitales
Somos una gestoría. Solo necesitamos copias de los documentos y tu autorización. Te decimos el precio final con IVA antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que entregar el DNI del fallecido en comisaría?
La información oficial no recoge ningún trámite de baja del DNI para la familia. Lo que acredita la muerte es el certificado de defunción. Guarda el DNI en un lugar seguro.
¿Puedo usar su DNI electrónico o su Cl@ve para hacer trámites?
No. Los trámites tras el fallecimiento se hacen con la identificación de la familia o de un representante autorizado.
La funeraria se quedó con el DNI. ¿Es normal?
Lo necesita para inscribir la defunción en el Registro Civil. Cuando termine, pídele que te lo devuelva.
¿Qué hago si lo he perdido?
Comunica la pérdida en una comisaría o en un puesto de la Guardia Civil para evitar usos fraudulentos. Para los trámites te bastará con el certificado de defunción y, si la tienes, una copia del DNI.
¿Y el pasaporte de un fallecido en el extranjero?
Es necesario para inscribir la defunción en el consulado y para la repatriación. Entrégaselo a quien gestione el traslado.
Fuentes: Ministerio del Interior, «DNI: concepto y validez» (documento personal e intransferible; pérdida o sustracción); Comunidad de Madrid, «Trámites que se deben realizar tras el fallecimiento de un familiar»; Ministerio de Justicia, certificado de defunción. Consultado en octubre de 2026.
Estamos aquí, a cualquier hora.
Escríbenos o llámanos al 620 00 11 66 y te decimos qué hacer, paso a paso.